Fuente : ONU
Resolución 2468 (2019)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8518a sesión, celebrada el 30 de abril de 2019
El Consejo de Seguridad,
Recordando y reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental,
Reafirmando su decidido apoyo a los esfuerzos del Secretario General y de su Enviado Personal por aplicar las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014), 2218 (2015), 2285 (2016), 2351 (2017), 2414 (2018) y 2440 (2018),
Expresando pleno apoyo al Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental, el ex-Presidente de Alemania Horst Köhler, y acogiendo con beneplácito la colaboración que brindan las partes y los Estados vecinos a sus esfuerzos por facilitar las negociaciones directas,
Acogiendo con beneplácito el nuevo impulso generado por la primera mesa redonda celebrada los días 5 y 6 de diciembre de 2018 y la segunda mesa redonda celebrada los días 21 y 22 de marzo de 2019, y el compromiso de Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania de participar en el proceso político de las Naciones Unidas sobre el Sáhara Occidental de manera seria y respetuosa con el fin de encontrar elementos de convergencia,
Acogiendo con beneplácito también las consultas que mantienen a este respecto el Enviado Personal y Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania,
Reafirmando su compromiso de ayudar a las partes a alcanzar una solución política justa, duradera y mutualmente aceptable, basada en la avenencia, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y haciendo notar la función y las responsabilidades de las partes a este respecto,
Reiterando su llamamiento a Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania para que cooperen más plenamente entre sí, incluso mediante el fomento de una mayor confianza, y con las Naciones Unidas, así como para que intensifiquen su implicación en el proceso político y avancen hacia una solución política,
Reconociendo que el logro de una solución política a esta controversia de larga data y la mejora de la cooperación entre los Estados miembros de la Unión del Magreb Árabe contribuirían a la estabilidad y la seguridad de la región del Sahel, lo que a su vez generaría puestos de trabajo, crecimiento y oportunidades para todos los pueblos de esa región,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por seguir examinando atentamente todas las operaciones de mantenimiento de la paz, incluida la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), y reiterando la necesidad de aplicar un enfoque riguroso y estratégico a los despliegues de mantenimiento de la paz y gestionar eficazmente los recursos,
Recordando la resolución 2378 (2017) y su solicitud al Secretario General de que vele por que los datos relacionados con la eficacia de las operaciones de paz, incluidos los relativos al desempeño de las actividades de mantenimiento de la paz, se empleen para mejorar el análisis y la evaluación de las operaciones de las misiones, sobre la base de parámetros claros y bien definidos, y recordando también la resolución 2436 (2018) y su solicitud al Secretario General de que vele por que las decisiones de reconocer e incentivar el desempeño excepcional y las decisiones relativas al despliegue, las medidas correctivas, la capacitación, la retención de reembolsos y la repatriación del personal uniformado o el despido del personal civil se fundamenten en datos objetivos sobre el desempeño,
Recordando la resolución 2242 (2015) y su aspiración de aumentar el número de mujeres en los contingentes militares y las fuerzas de policía de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas,
Reconociendo el importante papel que desempeña la MINURSO sobre el terreno y la necesidad de que cumpla plenamente su mandato, incluida su función de prestar apoyo al Enviado Personal para encontrar una solución política mutuamente aceptable, y acogiendo con beneplácito la visita del Enviado Personal al cuartel general de la MINURSO y al Sáhara Occidental,
Expresando preocupación por las violaciones de los acuerdos vigentes, reiterando la importancia de la plena adhesión a esos compromisos con el fin de mantener el impulso del proceso político del Sáhara Occidental, y tomando nota de los compromisos contraídos por el Frente POLISARIO con el Enviado Personal y, a ese respecto, acogiendo con beneplácito la opinión expresada por el Secretario General el 1 de abril de 2019 de que la situación en el Sáhara Occidental continúa siendo relativamente tranquila, se sigue observando el alto el fuego y las partes respetan el mandato de la MINURSO,
Tomando nota de la propuesta marroquí presentada al Secretario General el 11 de abril de 2007 y acogiendo con beneplácito los serios y fidedignos esfuerzos de Marruecos por hacer avanzar el proceso hacia una solución, y tomando nota también de la propuesta presentada al Secretario General por el Frente POLISARIO el 10 de abril de 2007,
Alentando en este contexto a las partes a que sigan demostrando la voluntad política de alcanzar una solución, incluso ahondando en sus deliberaciones sobre las respectivas propuestas y volviendo a comprometerse con los esfuerzos de las Naciones Unidas con visión realista y espíritu de avenencia, y alentando además a los países vecinos a que contribuyan al proceso político,
Alentando a las partes a que sigan cooperando con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en la formulación y aplicación de medidas de fomento de la confianza que ayuden a crear la confianza necesaria para que el proceso político llegue a buen término,
Destacando la importancia de mejorar la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de Tinduf y alentando a las partes a que colaboren con la comunidad internacional para formular y aplicar medidas independientes y fidedignas que aseguren el pleno respeto de los derechos humanos, teniendo presentes sus obligaciones pertinentes en virtud del derecho internacional,
Alentando a las partes a que prosigan sus esfuerzos respectivos por mejorar la promoción y protección de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de refugiados de Tinduf, incluidas la libertad de expresión y de asociación,
Acogiendo con beneplácito a este respecto las medidas e iniciativas adoptadas por Marruecos y el papel desempeñado por las comisiones del Consejo Nacional de Derechos Humanos en Dajla y El Aaiún, y la interacción de Marruecos con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
Alentando enérgicamente una mayor cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), en particular facilitando las visitas a la región,
Observando con profunda preocupación las constantes penurias que padecen los refugiados saharauis y su dependencia de la asistencia humanitaria externa, y observando con profunda preocupación también la insuficiencia de los fondos destinados a quienes viven en los campamentos de refugiados de Tinduf y los riesgos que conlleva la reducción de la asistencia alimentaria,
Reiterando su solicitud de que se considere la posibilidad de proceder al registro de los refugiados en los campamentos de Tinduf y poniendo de relieve la necesidad de que se haga un esfuerzo en este sentido,
Recordando sus resoluciones 1325 (2000) y 2250 (2015) y las resoluciones conexas, destacando la importancia de que las partes se comprometan a continuar el proceso de negociación en el marco de las conversaciones auspiciadas por las Naciones Unidas y alentando la participación plena, efectiva y significativa de las mujeres y la participación activa y significativa de la juventud en esas conversaciones,
Reconociendo que el statu quo no es aceptable, y observando además que los progresos de las negociaciones son esenciales para mejorar la calidad de vida del pueblo del Sáhara Occidental en todos sus aspectos,
Afirmando su pleno apoyo al Representante Especial del Secretario General para el Sáhara Occidental y Jefe de la MINURSO, Colin Stewart,
Habiendo examinado el informe del Secretario General de 1 de abril de 2019 (S/2019/282),
1. Decide prorrogar el mandato de la MINURSO hasta el 31 de octubre de 2019;
2. Pone de relieve la necesidad de lograr una solución política realista, viable y duradera para la cuestión del Sáhara Occidental basada en la avenencia, y la importancia de adaptar el enfoque estratégico de la MINURSO y orientar los recursos de las Naciones Unidas con ese fin;
3. Expresa su pleno apoyo a los esfuerzos que están realizando el Secretario General y su Enviado Personal por mantener el nuevo proceso de negociaciones a fin de alcanzar una solución para la cuestión del Sáhara Occidental, observa la intención del Enviado Personal de invitar a Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania a que vuelvan a celebrar reuniones con el mismo formato, y acoge con beneplácito el compromiso de Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania de seguir colaborando durante todo ese proceso, con visión realista y espíritu de avenencia, a fin de asegurar un resultado satisfactorio;
4. Exhorta a las partes a que reanuden las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General sin condiciones previas y de buena fe, teniendo en cuenta los esfuerzos realizados desde 2006 y los acontecimientos posteriores, con miras a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y hace notar la función y las responsabilidades de las partes a este respecto;
5. Invita a los Estados Miembros a que presten la asistencia adecuada a esas conversaciones; 6. Reafirma la necesidad de que se respeten plenamente los acuerdos militares concertados con la MINURSO respecto del alto el fuego y exhorta a las partes a que se adhieran plenamente a esos acuerdos, cumplan sus compromisos con el Enviado Personal y se abstengan de emprender cualquier acción que pudiera menoscabar las negociaciones facilitadas por las Naciones Unidas o desestabilizar aún más la situación en el Sáhara Occidental;
7. Exhorta a todas las partes a que cooperen plenamente con la MINURSO, incluida su libre interacción con todos los interlocutores, y a que tomen las medidas necesarias para garantizar la seguridad, la circulación sin trabas y el acceso inmediato del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado en la ejecución de su mandato, de conformidad con los acuerdos vigentes;
8. Pone de relieve la importancia de que las partes renueven su compromiso de hacer avanzar el proceso político como preparación de las negociaciones ulteriores, recuerda que hizo suya la recomendación formulada en el informe de 14 de abril de 2008 (S/2008/251) en el sentido de que la visión realista y el espíritu de avenencia de las partes son esenciales para lograr progresos en las negociaciones, y alienta a los países vecinos a que hagan contribuciones activas importantes a este proceso;
9. Exhorta a las partes a que den muestras de voluntad política y trabajen en una atmósfera propicia para el diálogo a fin de hacer avanzar las negociaciones, asegurando así la aplicación de las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014), 2218 (2015), 2285 (2016), 2351 (2017), 2414 (2018) y 2440 (2018) y el éxito de las negociaciones;
10. Solicita al Secretario General que lo informe periódicamente, y en cualquier momento que estime oportuno durante el período del mandato, en particular dentro de los tres meses siguientes a la prórroga del mandato vigente y una vez más antes de que expire, sobre el estado y la marcha de las negociaciones que se desarrollan bajo sus auspicios, la aplicación de la presente resolución, los problemas que afectan a las operaciones de la MINURSO y las medidas adoptadas para resolverlos, expresa su intención de reunirse para recibir y examinar dicha información y, a este respecto, solicita también al Secretario General que presente un informe sobre la situación en el Sáhara Occidental con suficiente antelación al fin del mandato;
11. Acoge con beneplácito las iniciativas emprendidas por el Secretario General para estandarizar la cultura del desempeño en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, y reafirma su apoyo a la elaboración de un marco normativo amplio e integrado sobre el desempeño que defina normas claras para evaluar a todo el personal civil y uniformado de las Naciones Unidas que presta apoyo a las operaciones de mantenimiento de la paz y que trabaja en ellas, que facilite el cumplimiento pleno y efectivo de los mandatos, y que incluya metodologías integrales y objetivas basadas en parámetros de referencia claros y bien definidos para asegurar que se rindan cuentas en los casos de desempeño insatisfactorio y se incentive y reconozca el desempeño excepcional, y lo exhorta a que aplique a la MINURSO el marco descrito en la resolución 2436 (2018), y solicita al Secretario General que procure aumentar el número de mujeres en la MINURSO y asegurar una participación plena, efectiva y significativa de las mujeres en todos los aspectos de las operaciones;
12. Insta a las partes y a los Estados vecinos a que ayuden de manera productiva a la MINURSO a seguir estudiando formas de utilizar las nuevas tecnologías para reducir los riesgos, mejorar la protección de las fuerzas y cumplir mejor su mandato;
13. Alienta a las partes a que cooperen con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados a fin de definir y aplicar medidas de fomento de la confianza, incluidas medidas para promover la participación de las mujeres y la juventud, y alienta a los Estados vecinos a que apoyen esos esfuerzos;
14. Insta a los Estados Miembros a que hagan contribuciones voluntarias nuevas y adicionales para financiar los programas de alimentos con miras a garantizar que se atiendan de manera adecuada las necesidades humanitarias de los refugiados y evitar la reducción de las raciones alimentarias;
15. Solicita al Secretario General que siga adoptando las medidas necesarias para asegurar que todo el personal de la MINURSO cumpla plenamente la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales y que mediante los informes que le presente lo mantenga al corriente de los progresos de la Misión a ese respecto, e insta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que sigan tomando las medidas preventivas apropiadas, incluidas la investigación de antecedentes de todo el personal y la concienciación previa al despliegue y en la Misión, y a que aseguren la plena rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su personal mediante la investigación oportuna de las denuncias por parte de los países que aportan contingentes y fuerzas de policía y de la MINURSO, según proceda;
16. Decide seguir ocupándose de la cuestión.
Tags : Sahara Occidental, Frente Polisario, Marruecos, ONU, MINURSO, resolución 2468(2019)
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