Según el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, dependiente del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, « Marruecos habría servido de punto de partida, de tránsito y de destino de transferencias secretas operadas en el marco de la lucha internacional contra el terrorismo ».
En un suplemento a su informe sobre su misión en diciembre pasado en Marruecos y el Sáhara Occidental, el grupo de trabajo onusiense, compuesto por expertos independientes, presta especial atención a la situación de los activistas saharauis que caen en manos de la policía marroquí. Constata un « uso excesivo sistemático de la fuerza para reprimir las manifestaciones y detener a los manifestantes a favor de la autodeterminación de la población saharaui ».
Evoca los casos de detenciones arbitrarias operadas en El Aaiún, en el Sáhara Occidental, acompañadas de tortura practicada por los policías marroquíes, así como por los agentes de la Dirección General de Vigilancia del Territorio (DST), y de malos tratos infligidos a militantes saharauis para arrancarles confesiones.
Así, « muchas personas se han visto obligadas a hacer confesiones y condenadas a penas de prisión sobre la base de estas confesiones », señaló el grupo de trabajo de la ONU señaló que señala que estas prácticas constituyen una violación del artículo 23 de la Constitución del Reino, que establece específicamente que « la detención arbitraria o secreta y la desaparición forzada son crímenes de la mayor gravedad ».
El informe hace hincapié en que « en virtud del derecho internacional, el artículo 293 del Código de Procedimiento Penal prevé que toda confesión o declaración hechas bajo coacción son inadmisibles ». El grupo de trabajo insiste en el hecho de que « la tortura es utilizada por los agentes del Estado para obtener pruebas o confesiones durante la fase inicial de los interrogatorios, sobre todo en los casos de terrorismo o relativos a la seguridad nacional ».
Cita, por último, basándose en fuentes consideradas como fidedignas, ”casos del pasado y del presente de detención secreta que justificarían una investigación más profunda ». El Grupo de Trabajo quiso señalar que visitó El Aaiún el 15 y 16 de diciembre, “como titular de un mandato independiente y su visita no debe interpretarse como la expresión de una opinión política con respecto al estatuto actual o futuro del territorio no autónomo del Sáhara Occidental », recordando que » el derecho a la autodeterminación se aplica al territorio en virtud de los principios enunciados en las resoluciones 1514 y 1541 de la Asamblea general de las Naciones Unidas ».
Houari Achour
ALGERIEPATRIOTIQUE, 18/08/2014
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